Modificación de permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena a permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.

Actualizado: 1 octubre, 2020 | | Comentarios: 18

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Si eres titular de un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena debes conocer la opción de modificar el mismo para poder trabajar por cuenta propia, aunque has de saber que no se trata de un trámite cuyo resultado favorable sea fácil de conseguir.

Solicita tu modificación de residencia y trabajo por cuenta ajena a residencia y trabajo por cuenta propia.

El trabajo por cuenta propia presenta una serie de beneficios que no se dan en el caso de trabajo por cuenta ajena.

Ministerio de trabajo e inmigración
Modificación de residencia y trabajo por cuenta ajena a residencia y trabajo por cuenta propia

Beneficios de la modificación de la Autorización de Residencia y Trabajo

  • Tu jefe eres tú mismo.
  • Trabajarás con los clientes que tú decidas.
  • Marcarás tus propios horarios.
  • Los beneficios que obtengas serán tus propios beneficios.
  • Decidirás tu proyecto empresarial según tus propias ideas.

Requisitos para la solicitud de Modificación del permiso de residencia y trabajo

  1. Presentar la solicitud

    La solicitud ha de presentarse una vez renovada la solicitud inicial o en el momento en el que corresponda solicitar su renovación y si se cumple el requisito de actividad laboral igual que si se pretendiera renovar.

    Excepcionalmente, se podrá solicitar la modificación de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo, sin necesidad de que haya llegado el momento de renovación de la misma.

  2. Antecedentes penales

    No contar con antecedentes penales ni figure como rechazable en ningún país con el que exista Tratado. En caso contrario también puedes cancelar los antecedentes penales.

  3. Exigencias legales

    Contar con las exigencias legales sobre la apertura y funcionamiento de la actividad por cuenta propia.

  4. Titulación

    Títulos profesionales o colegiación o experiencia demostrable en la actividad por cuenta propia.

  5. Recursos económicos

    Que el extranjero cuente con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento y para la realización de la actividad.

  6. Vigencia de la autorización

    La nueva autorización no ampliará la vigencia de la autorización modificada.

Trabajadores por cuenta propia
Modificación de residencia y trabajo por cuenta ajena a residencia y trabajo por cuenta propia

Documentos necesarios para la solicitud de modificación

  • Copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, del solicitante.
  • Licencia de la actividad.
  • Justificación económica que acredite la viabilidad del proyecto.
  • Cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Proyecto de actividad.
  • Abono de las tasas para renovar tarjeta de residencia.

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18 comentarios en “Modificación de permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena a permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.

  1. Buenas tardes
    Tengo tarjeta de residencia temporal por reagrupacion familiar ( conyuge), peruano y yo tambien. Mi tarjeta va a vencer en 2 meses. Quiero independizarme de mi pareja y tener mi propia tarjeta.
    -Que tipo de modificacion tengo que realizar?
    -Mi pasaporte vence en 1 dia, podria presentar el pasaporte vencido? mi cita en consulado lo tengo en 2 semanas , pero igual no me entregaran el pasaporte hasta en 1 mes mas .

    Gracias por su respuesta

    1. Estimada Marisa,

      Es preciso conocer qué opciones tiene para su subsistencia en España, si cuenta con un trabajo por cuenta ajena, con una proyecto de negocio, con medios económicos propios, etc…
      Le aconsejamos presentar el pasaporte en vigor.

      Un saludo.

  2. Hola buenos días , ami esposas le han autorizado el permiso de residencia pero dice no autoriza a trabajar por qué lo hicimos con los recursos de mi salario como puede hacer ella para poder trabajar o tener una residencia que le permita trabajar.gracias

    1. Estimado Edgar,

      Como norma general, habrá de realizar una modificación de residencia a residencia y trabajo siempre y cundo cumpla con los requisitos exigidos para ello.

      Estaremos encantados de ayudarle cunado contemos con los datos necesarios para concretar opciones.

      Un saludo.

  3. Una consulta, si tengo mi permiso mi primer tarjeta por cuenta ajena la obtuve por arraigo social cuánto tiempo tengo q esperar para modificarla a cuenta propia?????
    Ser autónomo

    1. Buenas tardes Jorge Alberto.

      Si ya ha modificado su tarjeta de arraigo a una por cuenta ajena, es decir, tiene la segunda tarjeta, podrá modificarla en cualquier momento. Si aún es su primera tarjeta es decir la de arraigo, deberá espera aun año de residencia legal o encontrarse en periodo de renovación.

      Un saludo.

  4. Hola, tengo tres años de vivir en Navarra con un permiso que me habían dado apenas pude trabajar tres meses de los seis en los que me habían autorizado no fue posible que me renovaran el permiso , ahora que tengo los tres años y pasados una familia me quiere hacer contrato como doméstico que requisitos debo presentar yo y cuáles requisitos los contratantes gracias espero respuesta.
    Muy de ustedes,
    Rodrigo

    1. Estimado Rodrigo,

      Es preciso realizar un estudio detallado sobre su situación para orientarle correctamente debido a la extensión de su consulta.
      Estaremos encantados de poder ayudarle de manera privada.

      Un saludo.

  5. Gracias por todos sus comentarios legales.

    Nosotros entramos en Abril del 2021 con una visa no lucrativa desde latinoamerica por lo que en estos dias vamos a intentar la extension de 2 anios ya que estamos en la ventana de 60 dias previos. Una vez obtenida esta extension existe una compañía irlandesa que es dueña completa de una española que estaría dispuesta a celebrar un contrato mercantil con una SRL que yo iniciaría para trabajar por cuenta propia. Sera posible hacer esto? Nosotros estamos claros que hacer el segundo paso antes de tener la renovación de la no lucrativa seria muy arriesgado.

    1. Estimado Carl,

      Gracias a usted por la confianza depositada.

      Si ustedes presentan la renovación de su autorización de residencia no lucrativa y se la conceden, deben pedir una modificación de dicha autorización para poder ejercer cualquier actividad lucrativa posteriormente.
      De esta manera, continuarían con su residencia no lucrativa si le denegaran la modificación.

      Un saludo.

  6. Buen día. Me encuentro residiendo con mi grupo familiar (marido y 2 hijos menores) con residencia no lucrativa. Estamos próximos al vencimiento del plazo y queremos realizar una modificaciòn a residencia trabajo por cuenta propia. Mi duda es cómo se renueva la residencia de mis hijos, ya que son menores de edad y no estarán involucrados en el negocio. Si ellos renuevan la residencia no lucrativa, debo presentar todos los requisitos de esta residencia para ellos? O solamente los necesarios para la residencia trabajo por cuenta propia que haremos los adultos? Gracias por la respuesta.

  7. Hola Esther,
    Mira yo soy de Mexico, vivo ahora en Madrid y tengo un Visado de Residencia No Lucrativa y me satisface saber que tras un anno puede moficarse a permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena.

    Estaba leyendo sobre lo requisitos legales y hay algo en las condiciones para contratar a extranjeros en Espana que se llama «situacion nacional de empleo» y tambien la de acreditacion profesional.
    Mira, a mi ofrece una cadena Hotelera un trabajo a tiempo completo como Encargado de Recepcion. Yo no tengo como tal una certificacion profesional y tampoco creo que de acuerdo a la situacion nacional de empleo haya escasez de este tipo de personas para trabajar de recepcionista.
    Mi pregunta es: son dichos requisitos obligatiorios para todos los extranjeros o en mi caso al ser yo un residente legal en Espana puede acceder a un cotrato de trabajo como cualquier persona y modificar mi Visado de REsidencia??

    Gracias por tu pronta respuesta?
    Saludos,
    Claudio Martinelli

    1. Estimado Claudio,

      Los extranjeros que se encuentren en España durante al menos un año en situación de residencia podrán acceder a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena cuando se cumplan los requisitos exigidos, excepto el correspondiente a la situación nacional de empleo.
      Entre estos requisitos sí se encuentra la capacitación o cualificación legalmente exigida para el ejercicio de la profesión. Es decir, si las labores que vaya a desarrollar precisan de titulación válida, habrá que aportarla. De igual manera, el empleador deberá explicar por qué considera que es usted la persona idónea para el puesto.

      Un saludo.

  8. Hola, gracias por la información. Por favor, quisiera cambiar mi residencia no lucrativa (ya renovada) por residencia por cuenta propia. Cuando refiere a la presentación de títulos oficiales y apostillados, me encuentro con el inconveniente que mi quehacer (profesora de Yoga y Meditación; Consultora Psicológica junguiana) no es universitario y por lo tanto no se puede apostillar. Puedo presentar los diplomas, certificados, CV, etc; pero no exactamente lo que me piden. Cómo hacer para que lo tomen como válido? Todo lo demás tengo. Gracias

    1. Estimada Aída,

      Los documentos públicos extranjeros no son válidos en España si no están traducidos y debidamente legalizados. No es el caso de los documentos privados.
      Dependerá, en su caso, de si su actividad requiere título oficial o no.

      Un saludo.

  9. Hola, quisiera asesoría sobre mi caso.

    Soy mexicana y vivo en Madrid desde mayo del año pasado (2019). Tengo una tarjeta de residencia con vigencia hasta septiembre de este año (2020). El tipo de permiso es ICT-UE.

    Por la situación actual, la empresa no me va a poder renovar mi permiso y solo voy a trabajar para ellos hasta junio, pero yo tengo intenciones de quedarme en España, por lo que pensaba en volverme autónoma y trabajar por mi cuenta.

    Soy Ing. en sistemas y me dedico a desarrollar proyectos de TI: software, web, móviles. Mi intención es ofrecer servicios de consultoría de software.

    Vivo con mi pareja, que es mi novio desde hace 10 años. No estamos casados, pero la empresa para la que trabajo me ayudó a obtener su permiso como mi dependiente. El también es informático y la idea es que el también me apoye con mi proyecto profesional.

    Quisiera opinión sobre mi caso, si es factible hacer el cambio a cuenta propia, y en caso de llegar a un acuerdo, trabajar juntos para modificar mi situación.

    Saludos.
    Irasema Rivera

    1. Estimada Irasema,

      El permiso del que es titular, a priori es válido para desempeñar las labores que se establecieron para su traslado por las empresas del grupo y durante el periodo que estas labores duren.

      No obstante, estaremos encantados de atenderle para estudiar su caso concreto con los datos necesarios para ello y contemplar las opciones de que dispone, si es que estas existen.

      Un saludo.

      Un saludo.

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