Residencia temporal por Arraigo para la Formación

Publicado: 14 abril, 2023 |

| Comentarios: 14

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Permitiendo a extranjeros mejorar sus habilidades profesionales, la autorización de residencia temporal por arraigo para la formación abre oportunidades en España. Para acceder a ella, es imprescindible cumplir con requisitos específicos y entregar la documentación pertinente. Tras su aprobación, se debe gestionar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

La autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo para la formación es una gran oportunidad para los ciudadanos extranjeros que deseen mejorar sus competencias profesionales y establecerse en España. Recuerda cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación necesaria en tiempo y forma para aumentar tus posibilidades de éxito en el proceso.

Índice

¿Qué es y para quién es la autorización de arraigo para la formación?

La Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo para la formación es una oportunidad para ciudadanos extranjeros que se encuentran en España y han permanecido en el país de forma continuada durante al menos dos años. 

Permiso de residencia y trabajo por arraigo para la formación

Esta autorización permite realizar una formación y, tras completarla con éxito, obtener un permiso de residencia y trabajo. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber para solicitarla.

Requisitos para solicitar la autorización de residencia temporal

Debes cumplir con una serie de requisitos, como no ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, no tener antecedentes penales y haber permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años. 

Formación relacionada con el empleo

Además, debes comprometerte a realizar una formación relacionada con el empleo o la actualización de competencias profesionales.

Documentación necesaria para solicitar la residencia temporal 

Documentos generales a presentar

Para solicitar esta autorización, necesitarás presentar la solicitud en modelo oficial (EX-10), copia completa de tu pasaporte, documentación que acredite tu permanencia en España y un certificado de antecedentes penales. Además, debes incluir un compromiso de realización de la formación.

Si presentas documentos de otros países, recuerda que deben estar traducidos al castellano por un traductor jurado y legalizados por la Oficina consular de España o el Ministerio de Asuntos Exteriores.

¿Cómo solicitar la autorización por Arraigo para la Formación?

¿Quién puede presentar la solicitud y dónde?

El extranjero interesado debe presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente a su domicilio en España. En algunos casos, un representante legal debidamente acreditado también puede presentar la solicitud en su nombre.

Para tramitar la autorización, debes abonar una tasa que varía según la provincia en la que presentes la solicitud. El plazo para resolver la solicitud es de tres meses. Si no recibes una respuesta en ese plazo, se entenderá que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.

Obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero

Una vez que tu autorización de Residencia por Arraigo haya sido concedida, debes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente en un plazo de un mes desde la notificación de la resolución favorable. 

La TIE tiene una vigencia de un año

La TIE acredita tu situación legal en España y tiene una vigencia de un año, prorrogable si cumples con los requisitos establecidos.

Acreditación de la matriculación en la formación

Para obtener la autorización de residencia temporal por arraigo para la formación, debes acreditar que te has matriculado en un curso relacionado con el empleo o la actualización de competencias profesionales. 

Certificado de matriculación

Puedes hacerlo presentando un certificado de matriculación emitido por la entidad que imparte la formación. Este documento debe incluir información sobre el curso, la duración, el número de horas y los contenidos, así como los datos de la entidad y el alumno.


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14 comentarios en “Residencia temporal por Arraigo para la Formación

  1. Hola buenas he solicitado el arraigo por formación ya presenté la matrícula en el plazo de 3 meses
    Ya me han dado la tarjeta (TIE) pero pone no autoriza a trabajar .
    Es decir la primera fase ya la he cumplido y presentando el documento donde consta que he finalizado el certificado de profesionalidad que he realizado .
    También ya me saqué el número de seguridad social con el certificado digital y ya lo tengo .
    Ahora comenzaría la segunda fase del arraigo por formación que sería el contrato de trabajo correspondiente al curso realizado hasta aquí todo bien.
    Pero mi pregunta ahora es ¿Antes de presentar el contrato de trabajo de la empresa con los requisitos que se piden de ella
    Teniendo ya el número de S. Social podrían darme de alta en un trabajo como camarero por ejemplo sabiendo que en mi tarjeta pone NO AUTORIZA A TRABAJAR y en caso afirmativo influiría en el proceso por arraigo por formación que estoy realizando. ? Espero respuesta muchas gracias
    Lo que quiero saber es si se podría aunque no fuera legal del todo ya que tengo el número de S.S.

    1. Estimado Adrián,

      Es preciso contar con la correspondiente autorización para poder trabajar y proceder a su alta en Seguridad Social.
      El hecho de que usted cuente con número de afiliación a la Seguridad Social no le autoriza a desempeñar actividad lucrativa sin su autorización previa para trabajar.
      Ha de esperar a que se resuelva de manera favorable su solicitud de modificación.

      Un saludo.

  2. Ya tengo el permiso de residencia estoy haciendo el curso ,pero tengo un problema con la salud , ahora por tener NIE sin permiso de trabajo me están cobrando el 100% del valor con pasaporte me daban el auxilio de los medicamentos

  3. Buenas tardes. Actualmente me encuentro viviendo en España. En mi pais soy enfermera profesional pero hace meses que solicito mi programa de estudio para comenzar la homologación y no me los envían. También se que están demorando mucho las homologaciones.
    Puedo volver a estudiar enfermería siendo ilegal en este momento?

  4. Buenas tardes,
    Quiero contratar y dar de alta en la SS a una chica marroquí para cuidar una persona mayor. Cómo lo puedo hacer? Veo que solicitar un permiso de residencia y de trabajo es un proceso bastante largo y la necesito cuanto antes.
    Gracias.

    1. Buenos días,

      Es preciso que la trabajadora tenga la correspondiente autorización de trabajo para que pueda ser contratada y trabajar.
      Dependiendo de la situación en la que se encuentre, es posible que pueda acceda a través de una forma u otra.
      Lamentable los procesos se demoran actualmente.

      Un saludo.

  5. Mi hijo solicito la visa de estudiante estando en España en noviembre del año pasado y el 30 de marzo de 2023 l le salió negada, fue por estar fuera de plazo. Se metió un recurso el
    Cual a la fecha de agosto 2023 no se tiene respuesta. Los abogados dicen q lo más seguro sale Denegado. En septiembre inicia su 2 do año en la universidad. Que me recomiendan ?? Puede regresar a su país y solicitar visa estudiante desde su país ?? O seguir esperando en España ??aun no dan respuesta, que otras opciones tiene ?

  6. Hola mi hija de 18 años quiere venir a estudiar a españa. Ella vive en nicaragua lleva 2do año de la universidad.
    Si viene a españa puede seguir estudiando si no tiene papeles siendo mayor de edad. Yo soy su madre vivo en zaragoza pero solo tengo la tarjeta de residencia por un año y no la puedo reagrupar. Alguien me puede dar informacion porfavor

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