Para optar a la nacionalidad española por matrimonio se ha de estar vinculado con un ciudadano español en calidad de Cónyuge y deberá contactar con la Administración de España para realizar algunos trámites. Este proceso permite a los cónyuges extranjeros adquirir la nacionalidad española de forma más ágil que por otras vías, aunque también implica ciertos requisitos y obligaciones.
Ciudadanía española por matrimonio
La Norma Jurídica que avala la solicitud de residencia española por matrimonio es el Código Civil Español. Los artículos relevantes a los distintos casos de matrimonio se encuentran en el Artículo 22.2 de la ley.
Es importante señalar que los procedimientos si son influenciados o modificados según los decretos que emana el Estado Español.
- Procedimiento para el requerimiento de la nacionalidad española por residencia según la disposición final séptima del campo Administrativo de Justicia y del registro Civil para la fecha del 13 de Julio y 19/2015.
- Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, donde se aprueba el Reglamento de los procedimientos para la obtención de la nacionalidad española por residencia.
- Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, acerca de la tramitación del proceso para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.
Uno de los puntos reformulados el año 2017 ha sido el ajuste de la tasa a pagar para la realización de los trámites ante la Administración Pública. Anteriormente se pagaba 100 Euros y ahora incremento una diferencia de un Euro es decir que en total la tasa a pagar actualmente es de 101 Euros.
Requisitos nacionalidad española por matrimonio
Debe tomarse en cuenta que la nacionalidad española por matrimonio requisitos varía dependiendo del caso:
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Los 2 tienen nacionalidad Extranjera
Para obtener nacionalidad española por matrimonio donde ambas partes tienen nacionalidad Extranjera los requisitos suelen ser iguales a los generales cuando se opta a la nacionalidad española por residencia.
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Uno de los cónyuges es Español
Residencia española por matrimonio 2022 con español o donde alguno de los cónyuges cuente con nacionalidad española. (Independientemente de donde se haya celebrado, fuera o dentro del territorio Español)
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Viudedad
La nacionalidad española por matrimonio, es aplicable también a aquellas personas que se encuentren en un estado civil de viudedad y que el cónyuge (fallecido) haya sido de nacionalidad española.
Partiendo de estos casos, se especificarán los pasos a seguir regidos por el ordenamiento jurídico y que son aplicables según el Código Civil Español.
Nacionalidad española por matrimonio documentos
La documentación necesaria para solicitar nacionalidad española por matrimonio, según sea la naturaleza del caso, debe presentar ante la Administración Pública de España implica la consulta estado nacionalidad con una serie de documentos comunes.
Para todos los casos
- Certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea.
- Pasaporte vigente y estado completo.
- Antecedentes Penales emitido por el país de origen vigente además de estar validado por el Estado emisor (Legalizado y Apostillado. Lee a continuación los requisitos para cancelar los antecedentes penales.
- Acta de Nacimiento del país de origen conjuntamente vigente y validado.
- Acta de Matrimonio emitido por el país donde se celebró. Previamente deberá estar legalizada y apostillada.
Nacionalidad española para cónyuges
Cuando uno de los cónyuges tiene nacionalidad Española (nacionalidad por matrimonio requisitos), los 5 requisitos anteriores deberán presentarte de forma completa y adicional necesitará:
- Certificado matrimonial vigente en un tiempo de 3 meses, validado por el país donde fue celebrado. Si fue celebrado fuera del territorio Español deberá ser Legalizado y Apostillado por el País emisor.
- Certificado o Acta de Nacimiento del Cónyuge Español.
El cónyuge de nacionalidad española ha fallecido (viudedad)
Deberá presentar los primeros 5 requisitos aplicables a todos los casos para obtención de la residencia española por matrimonio. Adicional a esos documentos debe presentar:
- Certificado o acta de nacimiento del cónyuge español.
- Certificado o acta Matrimonial. Si ha sido celebrado fuera del territorio Español deberá estar legalizado y apostillado.
- Acta de defunción del cónyuge.
- Acta de defunción del cónyuge.
- Certificado de empadronamiento o de convivencia histórica a la fecha de la muerte el cónyuge.
Documentos expirados:
Estos requisitos solo aplicados a los casos de optar a la nacionalidad española por matrimonio y este se encuentre en estado de viudedad, podrá presentar los documentos aún expirados.
Debe calcularse la fecha de vencimiento de los escritos a presentar pues el tiempo que será prolongado es de 3 meses desde la fecha de expiración de la vigencia de las actas y certificados a convalidar.
Tramitación por vía telemática
Hay algunos documentos de la obtención de residencia española por matrimonio, que no precisan ser presentados cuando el proceso se realiza por Telemática.
El sistema puede dar con esa información desde su origen como:
- Antecedentes Penales.
- Certificado de empadronamiento.
Continuidad para la obtención de la residencia española
Una vez que el proceso de tramitación haya terminado es imprescindible que la continuidad de la obtención de la residencia española por matrimonio siga en pie.
Cuando la administración pública de una respuesta positiva ante su petición debe solicitar otros trámites para materializar la valides de la residencia como:
- La jura
- La adquisición de DNI.