Diferencia entre estancia y residencia

Actualizado: 13 julio, 2022 | | Comentarios: 58

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¿Te has preguntado alguna vez cuál es la diferencia entre estancia y residencia?, porque de seguro que lo has hecho… Si no entonces, no estarías leyendo este artículo.

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Continúa leyendo para que sepas cuáles son las dos diferencias entre estancia y residencia, como también bajo qué circunstancia se debe acudir a cada una de ellas.

Muchas veces las personas confunden una estancia con una residencia y creen que deben solicitar el Permiso de residencia para poder pasar un período corto de tiempo en España.

Existen diferencias en las implicaciones que suponen la estancia o residencia. Y si tenemos en cuenta la Ley de Ordenamiento Jurídico española veremos que el punto de partida de esta diferenciación se hace entre lo que es una Estancia en España de carácter legal y una Residencia Temporal.

Estancia en España

Se considera Estancia a permanecer menos de 90 días en territorio Español.

De ser una persona ciudadana de un país que sea miembro de la Unión Europea o de cualquier otro que forme parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, sin importar lo que harás en el país durante esos menos de tres meses, sólo necesitarás poseer tu pasaporte o cualquier documento de identidad en vigor.

Si se quiere permanecer por más tiempo en España se ha de solicitar en la subdelegación de gobierno que corresponda acreditando los motivos por los que se solicita la prórroga, la garantía de retorno al país de origen y que se dispone de los recursos económicos necesarios para poder permanecer en el País.

documentos para la residencia en españa

La estancia legal en España será concedida si se cumple al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Viaje de turismo en España (máximo 90 días).
  2. Ser un estudiante en España (cursos de máximo de 1 año a excepción de los que solicitan la tarjeta de estudiante de larga duración)
  3. Realizar un voluntariado.

Conseguir una residencia en España no da derecho al turista que solamente habrá solicitado un visado de estancia para poder viajar o estudiante, que solo posee un visado de estudiante, a trabajar y cotizar en la seguridad social, excepto en una serie de casos que establece la ley para estudiantes extranjeros en España.

Ser estudiante en España no computa el tiempo de residencia para poder solicitar la Nacionalidad española y en el caso de haber obtenido la tarjeta de larga duración de la Unión Europea solo se contabilizará el 50% del tiempo que haya residido en España.

Residencia en España

La Residencia temporal en España es aquella que otorga el Estado español a un extranjero para que pueda trabajar y cotizar a la Seguridad Social por un período de más de 90 días y menos de 5 años.

La principal diferencia entre estancia y residencia es el tiempo, es decir, estar menos de tres meses puede ser tomado como una visita para conocer el país como único fin el hacer turismo o reunirse con personas que no has visto en mucho tiempo y pasar un buen tiempo juntos. Igual que existe una diferencia en tre estancia entre residencia y estancia también existe más de una diferencia entre visado de estancia y visado de residencia ya que la finalidad no es la misma en uno y otro caso.

Pero, para todas aquellas personas que pretendan pasar un tiempo mucho más prolongado en la país entonces de seguro que tendrán que ofrecer una explicación creíble y comprobable sobre qué han venido a hacer a España y cómo pretenden costearse sus gastos en un país como este.

Esto en pro a mantener un balance claro de cuántas personas realmente residen en el país y cuáles son sus intenciones al hacerlo. Pues, sabemos que el tráfico de drogas, órganos y la delincuencia internacional es algo que está sucediendo muy seguido y cualquier país debería estar más que preparada ante estas cosas.

Toda persona que pertenezca a un país que sea miembro de la Unión Europea, o cualquier otro que forme parte del Acuerdo sobre Espacio Económico y Europeo y Suiza poseen el derecho a hacer su solicitud de residencia en España la cual le otorgará el derecho de permanecer por más de tres meses en el país.

Pero ojo, no sólo basta con querer permanecer en el país durante un tiempo prolongado, si no también tener un motivo sólido por el cual vayas a permanecer y eso es que se recomienda hacer una solicitud de residencia en España si se tienen algunos de los fines que ahora detallaremos.

Fines por los que solicitar la residencia en España

    1. Fines laborales

      Si deseas permanecer más de tres meses en España con fines laborales entonces deberá hacer una solicitud de residencia en España. Esto con el fin de que su permanencia en el país sea completamente legal y no tenga problemas más tardes en el lugar donde trabaja o en cualquier otro. Para ello será necesario solicitar también el visado de residencia y trabajo.

      En este caso existen maneras de agilizar el proceso, como también formas de que sea casi infalible la aprobación de su solicitud de residencia en España. Por ejemplo, que sea una empresa seria registrada legalmente la que esté ameritando sus servicios y esté dispuesta a firmarle un contrato.
      En casos donde aún no tienen ningún trato cerrado de igual manera deberá cumplir con el procedimiento para evitar futuros retrasos.

permiso de trabajo en España
  1. No ser una carga para el Estado

    Una solicitud de residencia en España de un ciudadano extranjero que no posea los medios suficientes para poder permanecer en el país por más de tres meses, y no pueda asegurar que no se convertirá en una carga para el estado, de seguro será negada casi de inmediato.

    Por otro lado, si eres un ciudadano extranjero con familia en territorio español ya establecida que pueda hacerse cargo de ti como un miembro más de su carga familiar entonces probablemente tu solicitud sea aprobada sin pensarlo dos veces.

    Aparte, si eres una persona que puedes valerte por ti mismo durante el tiempo que estarás dentro del territorio español, bien sea trabajando o no, entonces de igual manera la solicitud de residencia en España te será aprobada. Pero debes saber que en cualquier caso existen algunos puntos importantes a evaluar.

    De seguro te realizarán una evaluación para saber si tus medios económicos realmente son suficientes, aparte de esto también será objeto de evaluación todo lo que tenga que ver con tu situación tanto personal como familiar. Si posees recursos superiores al importe de cada año entonces ya tienes una ventaja.

  2. Estudiantes extranjeros en España

    Debes saber que si vienes con un fin estudiantil a España puedes realizar tu solicitud de residencia en España sólo si ya te encuentras matriculado en cualquier centro de educación, bien sea este un ente privado o un ente público.

    Aparte, también se necesita para poder conseguir el visado de estudiante en España, que la persona que vaya a estudiar dentro del territorio español durante ese tiempo se encuentre reconocida económicamente por la administración educativa que en ese caso compete, siempre con finalidad educativa. Esto en pro de realmente avalar que el motivo de la residencia es real.

    Además, en el momento de realizar la solicitud de residencia en España, también se le pide a la persona que cuente con un seguro que cubra enfermedades (este puede ser de índole público o también privado) y que tenga un nivel de cobertura completa para España, de esta manera se cuida que no se padezca durante el tiempo en el país.

    De no cumplir con estos requisitos no se le concederá la tarjeta de estudiante.

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Otros casos de solicitud de residencia en España

Te hemos dado introducción a los tres casos más comunes por los cuales ciudadanos realizan la solicitud de residencia en España y hablado un poco sobre qué necesitas en cada caso para que puedas tener todo preparado para comseguir la aprobación de tu solicitud.

Pero debes saber que al igual que los casos que hemos nombrado anteriormente también existen algunos otros por los cuales este tipo de solicitudes se hacen. Inclusive en el ámbito médico donde un paciente necesita tratarse en el país. Todo consiste en poseer los requisitos mínimos para poder permanecer en el país.


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58 comentarios en “Diferencia entre estancia y residencia

  1. Hola buen día! Tengo algunas consultas en relación a estudios y visa. Por ejemplo si me matriculo en un máster teniendo visa de familiar de estudiante me indicaron que es posible cambiar de visa a una de estudiante. ¿Es posible? Y ¿qué pasa si el programa no es de mi agrado mientras lo curso y decido abandonarlo? ¿Podré postular a otra visa?

    Y por último, actualmente tengo visa de familiar de estudiante, pero ¿eso me autoriza la estancia solamente o tengo una residencia temporal? En algunas universidades hacen distinción por el tema de pagos de créditos en razon de no ser de la unión europea o no residente en el territorio español y actualmente yo vivo en España actualmente.

  2. Soy residente temporal, por estudios, con TIE renovada.
    Por favor, cuanto tiempo puedo estar fuera de España, sin que me perjudique a posteriori para la solicitud de arraigo laboral?
    He revisado, algunas fuentes, que indican que se puede estar hasta 6 meses, es acaso esto cierto, ya que en la BOE sólo específica estancia continuada de 2 años.
    Gracias de antemano

    Un saludo

      1. Facilíteme su contacto electrónico, para la cotización del servicio, ya que me he dirigido al info@equalabogados.es; y no me lo receptan al mensaje, por inexistente.

        Muy amable.

  3. Tengo 66 años, pase 5 años como estudiante en España haciendo un doctorado, mi pregunta es la siguiente esos años me computan para solicitar una pensión no contributiva si ya tengo 6 años consecutivos viviendo en el pais y ya he obtenido la nacionalidad española.

  4. Buenas tardes, tengo una duda, si soy solicitante de asilo y llevo mas de un año viviendo en España, como se considera mi estatus, estancia o residencia?

    1. Estimada Katerine,

      El estatus de solicitante de asilo entra dentro del Régimen de Asilo y Refugio, no se equipara a ninguna de las situaciones encuadradas dentro del régimen general de extranjería.

      Un saludo.

  5. Estimada abogada,
    Mi pregunta es sobre la obtención de la residencia de larga duración.

    Yo vine de Cuba por estudios de máster en septiembre de 2017 y en octubre obtuve mi NIE de estancia por estudios que tuve que renovar en septiembre 2018 con una estancia por estudios de doctorado.
    En enero de 2019 firmé un contrato en formación por la ley 14/2013 ámbito nacional (Universidad) que renové en 2021 y me caducará en agosto de este año 2023 porque ya finaliza mi contrato.

    En abril de 2021, solicité la nacionalidad pero aún no me la han concedido y tengo entendido que para hacer efectiva la nacionalidad tienes que tener una residencia en vigor o sea que no puedes estar de forma irregular hasta la concesión y jura.

    ¿Puedo solicitar la residencia de larga duración para poder buscar otro trabajo y estar de forma regular hasta que me otorguen la nacionalidad?

    Gracias de antemano.

    Un saludo.

    1. Estimada Elayma,

      Para obtener la residencia de larga duración es preciso poder acreditar una residencia (no estancia) continuada en España de cinco años al menos.

      Si lo desea, podemos realizar un estudio de su caso y conocer las posibles opciones.

      Un saludo.

  6. Buenas tardes ! Si quiero extender mi tiempo de turista a un mes o dos meses más que debería hacer ? Quiero poder hacer eso para luego ingresar legalmente y sin problemas ya que no me daría el tiempo de resolución de familiar comunitario y debería regresar a mi país, pero no quiero tener inconvenientes en el regreso a España.

    1. Estimado Nahir,

      Nos queda la duda de si ya ha solicitado la tarjeta de familiar de ciudadano UE, en cuyo caso, se entregará un resguardo que acredita la presentación de la solicitud y sirve para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.

      Un saludo.

  7. Buenas tardes,
    Estoy a punto de terminar mis estudios de master oficial con una estancia aún vigente y una compañía me ofrece un convenio durante 6 meses. La pregunta es ¿puedo cambiar a una residencia para prácticas (presenciales) por convenio con un curso virtual diferente del máster que termino?
    Quiero decir, los estudios con los que se realiza una residencia para prácticas por convenio pueden ser virtuales o tienen que ser presenciales?
    Gracias de antemano

    1. Buenos días, Daniela.

      Disculpa, pero no me queda clara la pregunta, por lo que no puedo ofrecerle una respuesta adecuada.
      Lo que es muy importante es que las prácticas se realicen en virtud de los mismos estudios realizados.

      Un saludo.

      1. Muchas gracias por la respuesta.
        Sin embargo me queda otra duda, para cambiar de estancia de estudiante a residencia para prácticas el plazo de presentación de la solicitud es mientras la tie de estudiante está en vigor? O cuento con los 90 días posteriores a la fecha de caducidad?
        Gracias nuevamente por la colaboración

        1. Buenos días, Daniela,

          Para acceder al permiso de residencia en prácticas, se requiere haber obtenido un título de educación superior, en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o estar realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior, debiendo ser titular de una autorización de estancia por estudios.
          Es decir, que aun sea titular del mismo permiso y no hay dejado de tener validez el mismo.

          Un saludo

  8. Buenos días,
    en la empresa queremos firmar un convenio de prácticas curriculares con una universidad de Barcelona que tiene un estudiante de nacionalidad americana, que se encuentra actualmente cursando estudios de Máster.
    El estudiante cuenta actualmente con un permiso de estancia por estudios o/e investigación.
    Con este tipo de permiso puede realizar las prácticas curriculares en nuestra empresa (mediante convenio y no mediante contrato) o necesita un permiso de residencia para prácticas?
    Gracias de antemano.
    Un saludo,

    1. Buenas tardes, Anna.

      La complejidad de los tipos de prácticas de estudios y autorizaciones que existen actualmente, no hacen posible ofrecerle una respuesta concreta sin un estudio previo de su caso y sin comprobar la autorización exacta del estudiante.

      Pero como norma general, en el caso de una autorización de estancia por estudios, se permite desempeñar prácticas curriculares (prácticas no laborales) cuando éstas formen parte del programa formativo obligatorio a desarrollar en el marco de un convenio de prácticas.

      Desconocemos si es aplicable a su caso concreto.

      Un saludo.

    2. Hola muy buenas tardes sra Abogada,estoy interesado en realizar un curso con una escuela en barcelona,el curso dura casi 7 meses,y la carga horaria es de 12 horas semanales, es posible q de así pueda acceder a la estancia por estudios? Muchas gracias, espero su respuesta

      1. Buenas tardes, Andrés.

        Se requerirá para el acceso a la autorización de estancia por estudios en el caso de realización o ampliación de estudios: haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
        Si se dan estos supuestos, podría ser viable siempre y cuando también se cumplan el resto de requisitos.

        Un saludo.

  9. Quiero hacer un FP superior y estoy en proceso de convalidar mi bachillerato, cómo puedo conseguir el permiso de estancia por estudios? Que documentos tengo que presentar? Por cierto estoy inscrito en un instituto de forma provisional en el último curso de Bachillerato y llevo 3 meses y medio en España.

    1. Estimado Santiago,

      Uno de los requisitos para poder solicitar la estancia por estudios en España encontrándose en territorio español, es solicitar la autorización mientras aun le quede, al menos, un mes de estancia legal.
      Por tanto, si ya no se encuentra en ese periodo, no sería posible desde España.

      Un saludo.

  10. hola, buenas tardes
    soy extranjera con autorización de estancia por estudios, llevo 2 años en España cursando máster oficial que acabo en octubre. Una empresa me quiere contratar pero se me acaban los estudios con lo cual no me puede hacer beca, y además la autorización por estudios finaliza también. La empresa me ofrece contrato indefinido.
    Qué opciones tengo? puedo pedir permiso de residencia por búsqueda de empleo y así que me puedan contratar? (leo que el búsqueda de empleo tienes que estar 1 año así)
    Muchas gracias por tu ayuda!

    1. Estimada Silvia,

      Hay que estudiar su situación concreta para ofrecerle una respuesta adecuada.
      Desconozco si es posible solicitar un permiso de residencia en prácticas por ejemplo.

      En cuanto al permiso de búsqueda de empleo, desconozco si es posible en su caso. En realidad, este permiso está destinado precisamente a poder encontrar un trabajo que sea acorde a los estudios que haya realizado.
      El hecho de tener que esperar un año, está dirigido a la exención de la obligación de acogerse a la Situación Nacional de Empleo.

      Un saludo.

  11. Tengo prorroga de estancia por estudios (2 años en españa) , puedo cambiar luego a : ARRAIGO LABORAL? estoy dada de alta en la SS y puedo demostrar más de 6 meses cotizando en el informa de vida laboral.

    1. Estimada Aurora,

      Ofrecerle una respuesta personalizada sin conocer su caso completo es difícil.

      Para poder acceder al arraigo laboral, es preciso encontrarse en situación de irregularidad en el momento de solicitarlo además de cumplir con el resto de requisitos como carecer de antecedentes penales, acreditar dos años de permanencia continuada en España y una relación laboral de, al menos, seis meses.

      Estaremos encantados de ayudarle si desea una atención adaptada a su situación.

      Un saludo.

    1. Estimada Jocefina,

      Lo general es que en el caso de permisos para estudio, se conceda una «autorización de estancia por estudios».
      Habría que distinguir otras opciones como permisos para prácticas por ejemplo.

      Un saludo.

  12. Estimada abogada
    Una pregunta por favor.
    Tengo estancia de estudios para cursar el doctorado (4 años) que se renueva normalmente cada año. Mi esposa está conmigo aquí y también posee estancia de familiar de estudiante. Ahora hemos tenido un hijo nacido en el territorio español. Entiendo que el niño seguirá la situación de sus padres, y se le concederá una estancia de familiar de estudios.
    Me gustaría saber si es posible solicitar la nacionalidad por nacimiento al recien nacido después de pasar un año? O debemos poseer residencia, como padres, para solicitar la nacionalidad de nuestro hijo?.
    Muchas gracias por su atención
    Un saludo cordial

    1. Estimado Ahmed,

      Los nacidos en España, pueden acceder a la nacionalidad por residencia tras un año de residencia legal. Sin embargo, si ustedes pierden su residencia, también su hijo lo hará y, por tanto, no cumplirá los requisitos exigidos para acceder a la nacionalidad española.

      Un saludo.

  13. Estimada Esther,
    Después 5 años de estudio en España (1 año del Máster + 4 años del Doctorado), ¿puedo modificar mi estancia por estudio en residencia de larga duración? Gracias.
    Saludos,
    Elena

    1. Estimada Elena,

      La autorización de estancia por estudios no es una situación de residencia sino de estancia, y por tanto no es suficiente con este permiso para acceder a la residencia de larga duración sin considerar antes otros puntos como que ya haya accedido a una residencia antes de solicitar la residencia de larga duración o cuánto tiempo de su periodo como estudiante computa a los efectos.

      Un saludo.

  14. Buenos días,
    una pregunta por favor.
    Como estudiante resido en España con estancia de 3 anos continuada e acabo de superar mi estudios en grado. si solicito una autorización de residencia y me deniegan en este momento puedo solicitar autorización de residencia para búsqueda de trabajo?
    se puede los estudiantes extranjeros solicitar también otra autorización de residencia por arraigo social?
    mi saludos

    1. Buenos días,

      La autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, ha de solicitarse durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización de estancia por estudios y durante los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de dicha autorización de estancia, sin perjuicio de la posible incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en que se hubiese incurrido de haber caducado la autorización.

      En cuanto a la solicitud de permiso de residencia por circunstancias excepcionales, por arraigo social, se requiere que pueda acreditar una permanencia en España de tres años continuados anteriores a dicha solicitud y que, en ese momento, no cuente con residencia legal.

      Un saludo.

  15. Hola,
    estoy interesado a cambiar mi estancia por estudios a residencia y trabajo.
    compilo los requisitos ( estancia continuada 3 años , permiso de estancia todavía en vigor no esta caducado, superado los estudios, no sido becado…)
    el problema que cada vez que me llama una empresa para una oferta de trabajo el empleador se niega contratar me por el motivo que tengo permiso de estancia por estudios/ investigación no autoriza a trabajar. El mismo me paso cuando fui a la Asesoría para consultar por trabajo a cuenta propia, me dijeron que no se puede dar de alta como autónomo con ese permiso.
    no lo se que hago, es una contradicción. para modificar la situación de estancia por estudios a residencia y trabajo pide extranjería un contrato y alta en la seguridad social cuando presento los documentos o solo presento el contrato firmado con y cuando recibo la respuesta positiva me registrare en la seguridad social y me doy alta? O mi permiso no me permite trabajar con ninguna posibilidad ?
    saludos.

    1. Buenas tardes,

      Efectivamente, una vez solicitado el permiso aportando un contrato de trabajo firmado por empleador y trabajador supeditado a la concesión de dicho permiso y en los términos exigidos, se estudiará su solicitud y, una vez concedida, podrá cursar su alta en S. Social.

      Un saludo.

  16. Estimada Abocada,
    Muchas gracias por la repuesta. olvide decirte que me matricule en 2018 en doctorado y desde fin de marzo de 2015 hasta ahora estudiado de forma continuada, cada ano renovó mi permiso de estancia. desde fin de marzo hasta septiembre 2018 obtenido el master
    desde septiembre 2018 hasta ahora estudiando en doctorado y mi estancia caduca en el mes de 09/2021. según los requisitos de la modificación de estancia a residencia en cuenta ajena dice que tengo superar mi estudios es decir debo esperar de terminar el doctorado para poder cambiar la estancia a residencia o tengo derecho de cambiar mi estancia a residencia si he superado el master en 2018 después tres anos desde 2015/2018.
    con la formación de master en informática puedo con un contrato de trabajo de hogar en un una casa de una dueña que quiere darme de alta de seguridad social y esta dueña o empleadora esta jubilada con incapacidad laboral puedo cambiar mi estancia en residencia ?
    Gracias por su atención.
    Un saludo cordial.

    1. Buenas tardes,

      No puedo garantizarle una respuesta concreta sin conocer todo su expediente.
      Lo habitual es que tenga que finalizar los estudios actuales que son los que le permiten su actual estancia. Pero para asegurarle que se este sea su caso, debería realizar un estudio previo.
      En cuanto a la oferta de empleo, no debería estar limitada a ningún ámbito funcional siempre que cumpla con el resto de requisitos. Sin embargo, como le indicaba, habrá que determinar su caso concreto.

      Sin embargo, le recomiendo que ponga su caso en manos de profesionales que le aconsejen de manera adecuada según un estudio completo.

      Un saludo.

  17. Estimada Abocada,
    se puede modificar la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena con un contrato de empleado de hogar si residido en España como estudiante desde 2015 y hasta ahora estudiando y superado el master en 2018 en España?

    Un saludo cordial.

    1. Buenos días,

      Los requisitos para poder modificar una autorización de estancia por estudios a una de residencia y trabajo es que se encuentre en situación de estancia. Si usted finalizó sus estudios en 2.018, lo primero que habrá que determinar es cuál es su situación actual, es decir si cuenta con permiso de estancia o residencia en España.

      De no ser así, no podrá modificar un permiso que no existe, sino que tal vez deba solicitar uno nuevo si es que cumple los requisitos para ello.

      Un saludo.

  18. Estimada,

    se puede cambiar la autorización de estancia por estudios durante de 3 anos a residencia no lucrativa ?

    Gracias por su atención,

    un saludo cordial.

    1. Buenas tardes.

      Gracias a usted por su confianza.

      Para poder modificar una autorización de estancia por estudios a una residencia no lucrativa, se requiere que se mantenga la autorización de estancia por estudios, al menos, durante tres años. Pasado este plazo, en principio, se podrá modificar a un permiso de residencia, o residencia y trabajo si se cumplen el resto de requisitos.

      Un saludo.

  19. Soy argelino, soy estudiante preparando el doctorado en Informática en la Universidad de Murcia.
    renuevo mi permiso de estancia cada año por la 6 veces. resido en España como estudiante desde marzo 2015 hasta ahora viajo a mi país cada año durante 4 meses desde 2016
    en el año 2018 he obtenido el Master en Informatica e registré en doctorado en octubre 2018
    desde 09/2019 no salido de territorio español, estoy aquí 6 años con estancia
    nunca he trabajado en España e no tengo vida laboral aqui a España.
    como tengo más de 3 años en España puedo cambiar mi estancia a residencia por 2 opciones
    trabajo por cuente ajena y propia.
    me he registrado con una compañía de nutrición multinacional como distributor autónomo de ventas de productos.
    con la alta en empresa y alta en IAE e de la seguridad social puedo cambiar la estancia a residencia?
    NB: mi permiso de estancia caduca el día 11 de septiembre de 2021.
    Gracias por su atención.
    Un saludo cordial.

    1. Buenas tardes,

      Como norma general, para modificar la situación de estancia por estudios, investigación formación o prácticas a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia inicial, se requiere acreditar una permanencia continuada en España durante, al menos, tres años en esta situación.
      Sin embargo, hay que tener en cuenta que para que la solicitud sea viable, es indispensable cumplir con el resto de requisitos.
      En estos casos habrá de acreditar haber superado los estudios con aprovechamiento, no haber sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados, carecer de antecedentes penales, cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada, poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada y poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y que cuenta con recursos económicos suficientes.

      Un saludo.

  20. Buenos dias,
    Si ingreso con VISA DE RESIDENCIA SIN FINES DE LUCRO, E INGRESO A UNA MAESTRIA.. LA UNIVERSIDAD ME CONSIDERA QUE ESTOY EN ESTANCIA O RESIDENTE?

    1. Estimado David,

      La diferencia entre estancia o residencia no depende de la Universidad ni de si cursa o no estudios.
      Se basa en el tipo de autorización que le sea otorgada para vivir en España.
      Si usted tiene un permiso de residencia no lucrativa, será residente en España, si tiene una autorización de estancia por estudios, además de no poder trabajar, será titular de un permiso de estancia.

      Hay mucha confusión ya que se tiende a llamar «residencia no lucrativa a cualquier permiso que no permita trabajar» pero en realidad, el permiso de «residencia no lucrativa» es un tipo de residencia determinada que se concede a aquellos extranjeros que pueden acreditar medios económicos suficientes para residir en España sin necesidad de realizar actividad económica alguna.
      Otros tipos de residencia no permiten trabajar, pero no son un permiso de residencia no lucrativa, puesto que se otorgan en base a otros criterios como los permisos de búsqueda de empleo, de residencia para prácticas, o estancia por estudios entre otros.

      Un saludo.

    1. Buenas tardes,

      Como siempre aconsejamos, hay que estarse a las circunstancias concretas de cada caso para ofrecer una respuesta válida.
      No todos los casos son iguales.

      Como regla general, puede modificarse la autorización de estancia por estudios a un permiso de residencia y trabajo si se puede acreditar una permanencia continuada en España durante, al menos, tres años en la citada situación de estancia.
      Sin embargo existen algunas excepciones, como quienes hayan superado las prácticas o formación contemplados en la normativa para el reconocimiento de títulos de especialista en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la UE, o los que estén en posesión del título homologado de Licenciado en Medicina, siempre que la actividad a desarrollar sea su acceso a la escala de complemento del Cuerpo Militar de Sanidad.

      Un saludo.

  21. Estoy realizando parte de mis estudios de Master en España. Soy extranjera con una visa de larga duración francesa y la Oficina de Extranjería de España expidió y acreditó el «desplazamiento por estudios UE». Mis estudios en España tienen una duración mayor a 6 meses, estoy matriculada en la entidad académica y vivo en España. En este caso, ¿se me consideraría residente en España en calidad de estudiante?

    1. Estimada Anahi,

      La Oficina de Extranjería habrá determinado el tiempo que puede durar su desplazamiento por estudios UE.
      Durante este periodo autorizado, usted se encontrará en situación de estancia por estudios.

      Un saludo.

  22. Estimados,
    Si viajo a España con una beca de estudios pero con la finalidad de residir y trabajar, puedo pedir la residencia directamente? y luego la nacionalidad? O debo pedir tanto la residencia como la visa de estudios. En cualquier caso, el año de residencia corre desde que piso el territorio español?
    Muchas gracias

    1. Estimada Martina,

      Si se le concediera una estancia por estudios en España, es con la finalidad de estudiar, no de trabajar. De hecho, la autorización de estancia por estudios no le autoriza a trabajar directamente.
      La estancia por estudios no es una residencia, sino una estancia y por tanto, no computa a efectos de la nacionalidad.
      Para poder estudiar en España más allá de 90 días, debe solicitar autorización de estancia por estudios.

      Un saludo.

  23. No entiendo la diferencia entre una VISA de residencia como emprendedor y una AUTORIZACIÓN de residencia para emprendedor. ¿Son ambas la VISA y la AUTORIZACIÓN necesarias? O, si estoy en España como turista canadiense (con una restricción de 90 días) ¿puedo obtener una AUTORIZACIÓN de residencia sin la necesidad de una visa?

    1. Estimada Louise,

      Los extranjeros no comunitarios que vayan a desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España podrán solicitar un visado o autorización de residencia para emprendedores.
      Si se encuentran fuera de España deberán solicitar un visado de residencia por un año. Se solicita en el Consulado de España del país de origen.
      Si se encuentran en España con una autorización de estancia, o residencia o un visado de emprendedor, es decir, de manera regular, deben solicitar una autorización de residencia para emprendedores por dos años
      pudiendo ser renovable por periodos de dos años, siempre que se mantengan las condiciones que generaron el derecho.

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